El Congreso esperará a hacer el cómputo de las legislaturas que votaron el nuevo régimen de elecciones, pero es un hecho irreversible, contra el que no caben el veto presidencial, el juicio de amparo o la controversia constitucional por ser obra de órgano reformador
Se consumó la reforma electoral (es decir las enmiendas y adiciones a ocho artículos de la Constitución: 41, 85, 97, 99, 108, 116, 122 y 134), cuando fue aprobada "por la mayoría de las legislaturas de los estados". Sólo hace falta que el Congreso de la Unión haga "el cómputo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas".
Es retórica la posibilidad de que el Ejecutivo federal vetara la reforma, porque no se trata de una enmienda o adición de sólo el Congreso, sino de una decisión del órgano reformador (llamado Constituyente permanente por don Felipe Tena Ramírez) respecto de la cual no rigen las disposiciones según las cuales el Presidente puede hacer observaciones a los productos legislativos. Tampoco es posible interponer medios de control constitucional como el juicio de amparo o la controversia. Cuando la Corte resolvió las que presentaron ayuntamientos contra la reforma constitucional en materia indígena, determinó que eran inadmisibles pues la propia Constitución las establece respecto de los poderes constituidos y no frente al órgano reformador. Por ello mismo no sería dable que los concesionarios se convirtieran en quejosos en un juicio de garantías.
Así pues, aún antes del cómputo y la declaración del Congreso podemos hablar de una reforma consumada. Nunca en la historia, quizá, se había operado una modificación de este alcance en lapso tan breve, menos de un mes. La iniciativa se presentó al Senado el 31 de agosto y esa Cámara la aprobó el 13 de septiembre, 24 horas antes de que lo hiciera la de diputados. Una semana después, el 20 de septiembre, la legislatura oaxaqueña conquistó el lauro de ser la primera en sumarse a la voluntad federal.
En sus líneas más generales, la reforma ha estado en el debate público por años, de modo que no puede alegarse sorpresa alguna. La prohibición de pagar propaganda electoral como uno de los modos de reducir el voluminoso costo de las campañas electorales era una idea que circulaba invariablemente en todo foro donde se discutían propósitos de reforma al régimen de elecciones.
Friday, October 05, 2007
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