Wednesday, November 14, 2007

Reformas: Reforma judicial y acción penal

Durante el transcurso del año que está a poco de concluir, el debate sobre la reforma judicial ha ido ganando terreno en el espacio público. Hoy se tiene conciencia de que ésta es fundamental para consolidar al Estado democrático de derecho.
La reforma judicial que se discute en el Poder Legislativo debería tener como centro a la acción penal del Ministerio Público (MP). Mientras el gobierno ha centrado sus preocupaciones en mejorar la capacidad de las policías y los legisladores en otorgarle independencia a las procuradurías, las organizaciones de la sociedad civil insisten en que los derechos humanos deberían ser la cuestión central. Por su parte, el Poder Judicial afirma que lo más relevante es otorgarles abundantes recursos económicos a los jueces para que éstos puedan desempeñar correctamente sus tareas.

La acción penal es el mecanismo por medio del cual se detona la obtención de la justicia: la policía reúne la información acusatoria, el MP determina si existe responsabilidad legal en contra de los indiciados, los derechos -tanto de la víctima como del supuesto delincuente- son defendidos, y el juzgador formaliza el proceso a través del cual se modelarán los argumentos judiciales.
Si la acción penal ocurre conforme a derecho, si se encuentra bien fundamentada gracias a la investigación, si está convenientemente integrada, y si es pertinentemente atendida por el juez, la probabilidad de que se haga justicia es muy elevada. Si la acción penal es deficitaria no habrá justicia. Y por tanto, los miembros de la sociedad relacionados con el delito permanecerán en estado de indefensión.
Una acción penal convenientemente conducida asegura legalidad y a la vez seguridad. Hace que las autoridades actúen de acuerdo con los principios democráticos y al mismo tiempo que el imperio de la ley se imponga sin ambigüedades.

Según la última propuesta de reforma judicial analizada por el Senado, éstas son algunas propuestas para el nuevo sistema de justicia penal:
Juicios orales, el proceso penal será de tipo acusatorio y adversarial (permite un debate entre partes: fiscal y defensor), se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
Sentencias que incluyan la reparación del daño a la víctima, detalle a las garantías de los inculpados, el derecho a guardar silencio y a la presunción de la inocencia, la nulidad de las pruebas si son obtenidas violando la ley, beneficios por confesión, posibilidad de impugnar las decisiones del M.P. y hasta solicitar su remoción del cargo.
Facultar a particulares para solicitar el ejercicio de la acción penal y otorgar facultades de investigación a la policía, pero en materia preventiva.

El Libro Blanco de la Reforma Judicial -una agenda para la justicia en México entregado en febrero por la Corte a las dos cámaras federales-, contiene los elementos rectores de la agenda de una reforma judicial enfocada en tres ejes temáticos: reforma al sistema de justicia penal, reforma del juicio de amparo y fortalecimiento de los poderes judiciales de las entidades federativas, con miras a conseguir y afianzar la independencia y autonomía de todos los órganos impartidores de justicia del país; ampliar el acceso a la justicia para todos los mexicanos y aumentar la eficiencia y eficacia con que se administra justicia en todos los niveles.

Cifras sobre el estado miserable de la justicia en el país y el listado de los cambios necesarios:85% de las víctimas no acuden a denunciar los delitos; 99% de los delincuentes no terminan condenados; 80% de los mexicanos cree que se puede sobornar a los jueces; 60% de las órdenes de aprehensión no se cumplen; 40% de los presos no ha recibido una sentencia condenatoria.
Se castigan menos de 1% de los delitos cometidos., la posibilidad de que el presunto autor de un delito llegue ante la autoridad judicial (solamente que llegue ante el juez, no que sea condenado) es de 3.3% del total de delitos denunciados, lo que equivale a decir que la impunidad se da en 96.7% de los casos., según algunas estimaciones, se denuncia solamente uno de cada 15 delitos cometidos.
De 1996 a 2005, fueron acusados de cometer un delito 2% de los habitantes de México, ya que de acuerdo con datos del INEGI en esos años se consignaron ante los mil 224 jueces penales que hay en el país a un total de un millón 931 mil 513 personas, lo que da un promedio diario de 528 consignaciones tanto en el fuero federal como en el del orden común. Esas personas fueron acusadas de haber cometido 2 millones 312 mil 691 delitos. , en el periodo señalado se presentaron 86 mil 500 acusaciones por el delito de homicidio, es decir, un promedio de 24 diarias.
Los datos anteriores reflejan la necesidad imperiosa de proceder a realizar cirugía mayor a nuestro sistema de justicia penal. ¿Qué elementos cabría considerar en una reforma de ese tipo? Es necesario que la reforma camine al menos sobre tres ejes: a) profesionalización en serio de los cuerpos policiacos y ministeriales, creando o mejorando el servicio civil de carrera en las procuradurías de Justicia e incentivando a los policías que hagan bien su trabajo a través de ascensos, seguridad en su trabajo y buenas prestaciones; b) cambio en el modelo de proceso penal para pasar de uno escrito, inquisitivo y casi secreto a uno basado en los juicios orales, transparente y que actúe de cara al ciudadano y no a sus espaldas; c) garantía efectiva de los derechos de todos los afectados, tanto víctimas, como personas sujetas a proceso y personas sentenciadas, conforme a los estándares del debido proceso legal reconocidos internacionalmente.

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